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Estructura orgánica

El Consorcio de Transporte Metropolitano de Sevilla, también conocido como CTM, es una entidad que desempeña un papel crucial en la organización y coordinación de los servicios de transporte público en el Área Metropolitana de Sevilla. Su estructura orgánica está diseñada para garantizar una gestión eficiente y efectiva de los servicios de transporte en esta región de Andalucía, España. A continuación, te proporcionaré una descripción general de la estructura orgánica del Consorcio de Transporte Metropolitano de Sevilla, que incluye sus órganos de gobierno y sus principales funciones.

Organigrama

La estructura del Consorcio la constituyen los siguientes órganos:

Estructura del consorcio de Sevilla

Presidencia

La Presidencia del Consorcio está integrada por un presidente y un vicepresidente. En la actualidad, dichos cargos son ocupados por:

  • Presidenta: Excma. Sra. Dª. Rocío Díaz Jiménez
    Consejera de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía (Presidenta)
  • Vicepresidente: D. Ignacio Manuel Flores Berenguer, Ayuntamiento de Sevilla.

Corresponde al Presidente del Consorcio ejercer las siguientes atribuciones según el Artículo 12º de los Estatutos:

  • Presidir las reuniones del Consejo de Administración y cualesquiera otros órganos del Consorcio de carácter colegiado que pudieran crearse en función de las necesidades de gestión de éste.
  • Representar legalmente al Consorcio en los actos, convenios y contratos en que éste intervenga, así como ante toda clase de entidades, personas páblicas o privadas, autoridades, juzgados y tribunales, confiriendo los mandatos y apoderamientos que sean necesarios.
  • Velar por el exacto cumplimiento de los preceptos de los Estatutos, de los acuerdos adoptados por el Consejo de Administración y, en general, de las normas legales aplicables en cada caso.
  • Ejercer, en los casos de urgencia, las acciones judiciales y administrativas precisas para la defensa de los derechos del Consorcio, dando cuenta al Consejo de Administración en la primera sesión que se celebre.
  • Autorizar y disponer los gastos corrientes incluidos en el Presupuesto hasta el límite máximo que se determine en las Bases de Ejecución del Presupuesto en cada ejercicio. Aceptar las subvenciones, dando cuenta al Consejo de Administración.
  • Reconocer y liquidar obligaciones y ordenar pagos.
  • Aprobar transferencias y las generaciones de créditos en las cuantías que determine el Consejo de Administración.
  • Aprobar la liquidación del Presupuesto y la incorporación de remanentes.
  • Ordenar la convocatoria de las sesiones del Consejo de Administración, fijar el orden del día, presidirlas y dirigir las deliberaciones.
  • Inspeccionar los servicios del Consorcio y ejercer la alta jefatura administrativa.
  • Autorizar, con su visto bueno, las actas de las reuniones, las certificaciones y las cuentas e inventarios de bienes.
  • Además de las enunciadas asumirá, en lo que no se oponga a éstas, y no estén atribuidas a otros órganos por los presentes Estatutos, las competencias que la Legislación Local atribuya, en cada momento, al Alcalde.

Corresponden al Vicepresidente las siguientes atribuciones:

  • El Vicepresidente sustituirá al Presidente o a su suplente en la totalidad de sus funciones en los casos de ausencia, enfermedad o situación que imposibilite a éste para el ejercicio de sus funciones.
  • Asimismo, el Vicepresidente asumirá las atribuciones de la Presidencia que con carácter temporal o permanente le sean expresamente delegadas por el Presidente.

Consejo de Administración

El Consejo de Administración es el órgano colegiado superior que gobierna y dirige el Consorcio y establece las directrices de actuación del mismo, de conformidad con la voluntad común de las entidades consorciadas. Está compuesto por representantes de todas las entidades consorciadas, con arreglo a la siguiente distribución:

  • Dos representantes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, incluida la Presidencia.
  • Dos representantes del Ayuntamiento de Sevilla, incluida la Vicepresidencia 1ª.
  • Una persona en representación de cada uno de los demás Municipios por designación de la Alcaldía correspondiente, que tendrá que ser concejal o concejala del Municipio.
  • La Presidencia de la Diputación Provincial de Sevilla o un Diputado o Diputada designado por dicha Presidencia.

Actuarán como Presidencia y Vicepresidencias del Consejo de Administración quienes ostenten la Presidencia y Vicepresidencias del Consorcio.

Actuará como Secretario o Secretaria quien ostente la Secretaria General del Consorcio, con voz pero sin voto.

Asistirán con voz pero sin voto a las sesiones del Consejo de Administración el Director o la Directora Gerente del Consorcio, así como las personas o representantes de otras instituciones públicas o privadas que, a juicio de la Presidencia, convenga oír en algún asunto concreto. Podrá convocarse a las sesiones del Consejo de Administración, a un representante de la Administración del Estado que actuará con voz pero sin voto.

 

Relación de titulares y suplentes
EntidadTitularSuplente% Votos
 
Junta de AndalucíaDª. Rocío Díaz Jiménez
Consejera de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía (Presidenta)
D. José Miguel Casasola Boyero
Director General de Movilidad de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía
51,0000 %
D. José Miguel Casasola Boyero
Director General de Movilidad de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía
D. Francisco Juárez Martín, Delegado Territorial en Sevilla de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía.
Ayuntamiento de Sevilla(Vicepresidente 1º) D. José Luis Sanz Ruiz D. José Lugo Moreno20,5994 %
2º Titular - Dª Carmen Cabezas Martín D. Juan José Rodríguez Martín 
Diputación Provincial de Sevilla(Vicepresidenta 2º) Dª. María Teresa Jiménez RodríguezPor designar4,0000 %
Ayto. de Albaida del AljarafeD. José Antonio Gelo LópezDª Rocío López Cid0,0970 %
Ayto. de Alcalá de GuadairaD. Pedro Gracia GraciaD. David Delgado Trujillo2,2744 %
Ayto. de Alcalá del RíoDª María Gema García RocaD. Jesús Miguel Monclova0,3692 %
Ayto. de AlmensillaD. Jerónimo Martín MendozaD. Rubén Mendoza Zabala0,1893 %
Ayto. de AznalcázarDª. Mª del Carmen Escalona GonzálezD. Juan Antonio Pérez Martos0,1389 %
Ayto. de AznalcóllarD. Juan José Fernández GarridoDª. Inocencia Rodríguez Díaz0,1824 %
Ayto. de BenacazónD. Pedro Oropesa VegaD. Manuel Ortíz Soriano0,2204 %
Ayto. de Bollullos de la MitaciónD. Clara Monrobé CárdenasD. Sergio Sánchez Romero0,3341 %
Ayto. de BormujosDª. María Dolores Romero LópezD. Antonio Funes Serrano0,6741 %
Ayto. de BrenesD. Antonio Fernández MontesDª. Remedios Gil Dorado0,3788 %
Ayto. de CamasD. Miguel Ángel Marín LegidoDª. María de los Ángeles Gómez Olid0,8276 %
Ayto. de CarmonaD. Juan Manuel Ávila GutiérrezD. Juan Carlos Ramos Romo0,8768 %
Ayto. de Carrión de los CéspedesDª. Ángeles Galeano VázquezD. José Francisco Coronado Monge0,0779 %
Ayto. de Castilleja de GuzmánDª. Mª del Mar Rodríguez PérezD. Alejandro Moyano Molina0,0861 %
Ayto. de Castilleja de la CuestaD. Francisco Antonio Cordón VeraD. Manuel Calderón Garrote0,5228 %
Ayto. de Castilleja del CampoD. Narciso Luque CabreraD. José Francisco Reinoso Reinoso0,0191 %
Ayto. de Coria del RíoD. Modesto González MárquezDª. Mª José Lora Rodríguez0,9265 %
Ayto. de Dos HermanasD. Francisco Toscano RoderoD. Juan Pedro Rodríguez García4,1019 %
Ayto. de El Viso del AlcorD. Gabriel Antonio Santos BonillaD. José Antonio Sánchez Escribano0,5796 %
Ayto. de EspartinasD. Enrique Mayllard GarcíaDª. Cristina Los Arcos Llaneza0,4831 %
Ayto. de GelvesDª. Isabel Herrera SeguraD. Jorge Jesús Sánchez González0,3099 %
Ayto. de GerenaD. Javier Fernández GualdaDª. Purificación Isabel Acuña Prado0,2330 %
Ayto. de GinesD. Miguel Ángel Antúnez MorenoD. David Ostos Ruiz0,4073 %
Ayto. de GuillenaD. Manuel Vázquez GonzálezDª. Ana Isabel Montero Rodríguez0,3930 %
Ayto. de Huévar del AljarafeDª. Mª Eugenia Moreno OropesaD. Jesús Ruiz Jiménez0,0942 %
Ayto. de Isla MayorD. Juan Molero GraciaDª. Marta Quintero Pareja0,1754 %
Ayto. de La AlgabaD. José Manuel Gutiérrez RetaminoD. Francisco Manuel Amores Torres0,4963 %
Ayto. de Los Palacios y VillafrancaD. Juan Manuel Valle ChacónD. José Manuel Triguero Begines1,1644 %
Ayto. de La RinconadaD. José Manuel Romero CamposD. Francisco Manuel Díez Pineda1,1803 %
Ayto. de Mairena del AlcorDª. Ana María Guillén GómezD. Santiago Mauri Isorna0,7193 %
Ayto. de Mairena del AljarafeD. Antonio Conde SánchezD. Sergio Toro González1,4118 %
Ayto. de OlivaresD. Isidoro Ramos GarcíaD. José Manuel Cotán García0,2846 %
Ayto. de Palomares del RíoD. Manuel Benjumea GutiérrezD. David López Álvarez0,2716 %
Ayto. de PilasD. José Leocadio Ortega IrizoD. Juan Ignacio Fuentes Hernández0,4171 %
Ayto. de Puebla del RíoDª. María Dolores Prósper PérezD. Juan Antonio Palma Juan0,3574 %
Ayto. de SalterasD. Antonio Valverde MacíasD. Miguel Angel Toscano Pérez0,1700 %
Ayto. de San Juan de AznalfaracheDª. María Luisa Moya TejeraD. Carlos Amado Reina0,6650 %
Ayto. de Sanlúcar la MayorD. Álvaro García GutiérrezD. Feliciana Bernal Romero0,4223 %
Ayto. de SantiponceDª. Mª. Teresa Melgar OrtegaDª. Ana María Girón Suárez0,2556 %
Ayto. de TomaresD. José María Soriano MartínD. Miguel García De la Rosa0,7638 %
Ayto. de UmbreteDª. Cora María Arce ArcosDª. Isabel Mª Delgado Correa0,2735 %
Ayto. de Valencina de la ConcepciónD. Ramón Peña RubioD. José Antonio Ciero González0,2377 %
Ayto. de Villamarinque de la CondesaD. Francisco Javier Domínguez PonceDª. Isabel Mª Jiménez Pérez0,1364 %
Ayto. de Villanueva del AriscalD. Francisco García GonzálezD. José Antonio Castillo Limón0,2009 %

Las competencias del Consejo de Administración, según el artículo 15º de los Estatutos, son:

  • Ejercer el gobierno y la dirección superior de todos los servicios del Consorcio.
  • Aprobar inicialmente y proponer a las Administraciones consorciadas las modificaciones de los Estatutos del Consorcio y de las aportaciones de sus miembros. En todo caso, cuando la modificación de los Estatutos afecte a las competencias de alguna de las Administraciones consorciadas, será necesaria la conformidad expresa de ésta.
  • Aprobar la incorporación de nuevos miembros al Consorcio así como la separación, y la fijación de sus aportaciones, estableciendo las condiciones en que deberá llevarse a cabo dicha incorporación y separación.
  • Aprobar la ampliación de las facultades del Consorcio dentro del objeto definido para el mismo con arreglo al artículo 3 de los presentes Estatutos, previa aprobación de las Administraciones consorciadas, cuando tengan competencias al respecto sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 44.1 de los presentes Estatutos.
  • Aprobar la propuesta dirigida a las Administraciones consorciadas para la disolución del Consorcio.
  • Aprobar el Presupuesto anual del Consorcio y los planes y programas de actuación, inversión y financiación, así como los planes de ordenación de transportes o creación de infraestructuras.
  • Aprobar la cuenta de liquidación definitiva del Consorcio
  • Aprobar la propuesta del Presupuesto anual del Consorcio y los planes y programas que deba elaborar según su normativa de aplicación, así como los planes de ordenación de transportes o creación de infraestructuras.
  • Aprobar si fuera procedente las cuentas anuales previstas en la legislación vigente.
  • Aprobar la estructura organizativa de los servicios del Consorcio en razón de las necesidades de la gestión derivadas de los objetivos establecidos para la consecución de los fines del Consorcio.
  • Contratar y cesar al Director o Directora Gerente, así como determinar las condiciones para la prestación de sus servicios, a propuesta de la Presidencia y de conformidad con la normativa y exigencias que determine la Administración de adscripción y específicamente con los requisitos y limitaciones que se establezcan en las Leyes del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para cada ejercicio, y en cualquier otra norma que resulte de aplicación.
  • Aprobar la plantilla de personal y la relación de puestos de trabajo, y los procedimientos de provisión de puestos de trabajo de conformidad con la legislación vigente.
  • Otorgar las concesiones y autorizaciones de utilización privativa o el aprovechamiento especial de los bienes de titularidad pública que tenga adscritos, así como las cesiones de uso de dichos bienes que sean necesarios para la prestación de los servicios públicos que gestione.
  • Acordar la gestión directa o indirecta de los servicios que ha de prestar, incluida la concesión de los mismos.
  • Aprobar los contratos-programa con las empresas prestadoras de servicios de transporte de personas y cuantos Convenios sean precisos para el cumplimiento de sus fines.
  • Actuar como órgano de contratación en los supuestos que se determinan en el art. 30.
  • Autorizar y disponer gastos y pagos dentro de los límites presupuestarios determinados en las Bases de Ejecución del Presupuesto anual.
  • Aprobar los reglamentos de funcionamiento de los diferentes servicios del Consorcio.
  • Proponer el establecimiento de tasas, precios públicos y contribuciones especiales.
  • Aprobación, modificación o revisión del Sistema Marco Tarifario geográfico así como las tarifas aplicables y las de aquellos cuya gestión se encomiende al Consorcio o se gestione indirectamente por el mismo.
  • Fijar, modificar y revisar las tarifas de los servicios públicos gestionados indirectamente.
  • Recibir, hacerse cargo y administrar, con las limitaciones que la legislación vigente establezca, los bienes del Consorcio, así como los procedentes de legados o donaciones.
  • Adquirir y enajenar toda clase de bienes muebles e inmuebles con los requisitos y autorizaciones previas que se determinan en la normativa patrimonial de la Administración a la que se adscribe el Consorcio.
  • Aprobar el ejercicio de toda clase de acciones administrativas y judiciales.
  • Fijar el domicilio social así como establecer, modificar, o suprimir dependencias, oficinas y delegaciones.

El Consejo de Administración podrá conferir apoderamientos especiales y para casos concretos sin limitación de personas.

Comité Ejecutivo

El Comité Ejecutivo fue creado en el seno del Consejo de Administración para una mayor agilidad en la gestión. Está compuesto por un Presidente, Vicepresidente y 7 vocales (con voz y voto) así como por el Director Gerente y el Secretario General del Consorcio (con voz y sin voto).

El Comité Ejecutivo está conformado por los siguientes representantes titulares y suplentes:

OrganismoTitulares y Suplentes
Junta de AndalucíaPresidente: 
Titular: D. José Miguel Casasola Boyero
Director General de Movilidad de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía

Votos Propios: 51,0000%
TOTAL VOTOS: 51,0000%

Vicepresidente/a: 
Titular: D. Francisco Juárez Martín, 
Delegado Territorial en Sevilla de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía

Suplente: Dª. Patricia Cabaleiro Mora, 
Jefa del Servicio de Transportes de la Delegación Territorial en Sevilla de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía
Diputación Provincial de SevillaTitular:  Dª. María Teresa Jiménez Rodríguez
Suplente: Sin designar

Votos Propios: 4,0000%
TOTAL VOTOS: 4,2753%
Ayuntamiento de SevillaTitular: D. José Luis Sanz Ruiz 
Suplente: Dª Carmen Cabezas Martín

Votos Propios:  20,5994%
TOTAL VOTOS: 21,9928%
Ayuntamiento de La RinconadaTitular: D. José Manuel Romero Campos
Suplente: D. Francisco Manuel Díez Pineda

Votos Propios: 1,1803%
TOTAL VOTOS: 15,2312%
Ayuntamiento de Los Palacios y VillafrancaTitular: D. Juan Manuel Valle Chacón
Suplente: D. José Manuel Triguero Begines

Votos Propios: 1,1644%
TOTAL VOTOS: 2,3057%
Ayuntamiento de La Puebla del RíoTitular: Dª. Mª. Dolores Prósper Pérez
Suplente: D. Juan Antonio Palma Juan

Votos Propios: 0,3574%
TOTAL VOTOS: 0,3574%
Ayuntamiento de Coría del RíoTitular: D. Modesto González Márquez
Suplente: Dª. María José Lora Rodríguez

Votos Propios: 0,9265%
TOTAL VOTOS: 1,1158%
Ayuntamiento de San Juan de AznalfaracheTitular: Dª. María Luisa Moya Tejera
Suplente: D. Carlos Alberto Amado Reina

Votos Propios: 0,6650%
TOTAL VOTOS: 2,3040%
Secretaria GeneralD.ª Elena Pardo Ardavín
Con voz pero sin voto
Director GerenteD. Juan Carlos García Argenté
Con voz pero sin voto

 

Competencias delegadas al Comité Ejecutivo por el Consejo de Administración:

  • Aprobar la estructura organizativa de los servicios del Consorcio en razón de las necesidades de la gestión derivadas de los objetivos establecidos para la consecución de los fines del Consorcio.
  • Aprobar la plantilla de personal y la relación de puestos de trabajo, y los procedimientos de provisión de puestos de trabajo de conformidad con la legislación vigente.
  • Otorgar las concesiones y autorizaciones de utilización privativa o el aprovechamiento especial de los bienes de titularidad pública que tenga adscritos, así como las cesiones de uso de dichos bienes que sean necesarios para la prestación de los servicios públicos que gestione.
  • Acordar la gestión directa o indirecta de los servicios que ha de prestar, incluida la concesión de los mismos.
  • Aprobar los contratos-programa con las empresas prestadoras de servicios de transporte de personas y cuantos Convenios sean precisos para el cumplimiento de sus fines.
  • Actuar como órgano de contratación en los supuestos que se determinan en el art. 30.
  • Autorizar y disponer gastos y pagos dentro de los límites presupuestarios determinados en las Bases de Ejecución del Presupuesto anual.
  • Aprobar los reglamentos de funcionamiento de los diferentes servicios del Consorcio.
  • Proponer el establecimiento de tasas, precios públicos y contribuciones especiales.
  • Aprobación, modificación o revisión del Sistema Marco Tarifario geográfico así como las tarifas aplicables y las de aquellos cuya gestión se encomiende al Consorcio o se gestione indirectamente por el mismo.
  • Fijar, modificar y revisar las tarifas de los servicios públicos gestionados indirectamente.
  • Recibir, hacerse cargo y administrar, con las limitaciones que la legislación vigente establezca, los bienes del Consorcio, así como los procedentes de legados o donaciones.
  • Adquirir y enajenar toda clase de bienes muebles e inmuebles con los requisitos y autorizaciones previas que se determinan en la normativa patrimonial de la Administración a la que se adscribe el Consorcio.
  • Aprobar el ejercicio de toda clase de acciones administrativas y judiciales.
  • Aprobar las modificaciones presupuestarias que sean competencia del Consejo de Administración, de conformidad con lo establecido en las Bases de Ejecución del Presupuesto Anual, así como la declaración de no disponible de los créditos.

El régimen de adopción de acuerdos en el Comité Ejecutivo sigue el mismo sistema de voto ponderado que el Consejo de Administración, pero teniendo en cuenta que los Ayuntamientos integrados en el Comité tienen, además del porcentaje de votos propios, el correspondiente a los Ayuntamientos no integrados que le delegaron el suyo.

Gerencia

A la Gerencia le corresponde la gestión y administración del Consorcio, sobre las directrices establecidas por el Consejo de Administración o el Comité Ejecutivo en su caso.

La Gerencia recae sobre un director-gerente, nombrado por dicho Consejo a propuesta de su Presidente.

Actualmente el director-gerente del Consorcio es, por acuerdo de Consejo de Administración de 17 de diciembre de 2020, D. Juan Carlos García Argenté.

Comisiones

En virtud del acuerdo adoptado por el Comité Ejecutivo en sesión ordinaria celebrada el 30 de marzo de 2005 se crearon la Comisión Técnica y la Comisión de Participación Social, como órganos de colaboración y consulta en el seno de la Gerencia.

El Director Gerente del Consorcio preside ambas comisiones, actuando la Directora de Servicios Generales como Secretaria.

 

Comisión Técnica

Integrada de forma paritaria por representantes de los sindicatos de mayor implantación la asociación empresarial más representativa del sector en el ámbito metropolitano y el Director Técnico del Consorcio. La integran:

  • D. Ángel Díaz Vázquez (FANDABUS)
  • D. Valeriano Díaz Revilla (FANDABUS)
  • D. Antonio Rafael Muñoz López (UGT)
  • D. Ángel Terroba Gómez (CC.OO)
  • D. Marcos A. García Ojeda (CTMAS)

 

Comisión de Participación Social

Compuesta por representantes de las asociaciones de consumidores y usuarios, asociaciones vecinales, asociaciones de ciclistas, asociaciones de peatones, ecologistas, entidades representativas de personas con movilidad reducida y el Director de Atención al Usuario y Calidad. La integran:

  • D. José Antonio Estrada Sanchez (UCS)
  • D. Enrique Piñero Cabello (FACUA)
  • Dª. Nieves Márquez Matallanes (FAMS-COCEMFE Sevilla)
  • D. Antonio Guisado Gómez (FEDERACIÓN PROVINCIAL DE ASOCIACIONES DE VECINOS)
  • D. Francisco Manuel García Ferrán (ASOCIACIÓN CICLISTA A CONTRAMANO)
  • D. Eduardo Gutiérrez González (ECOLOGISTAS EN ACCIÓN DE SEVILLA, FEDERACIÓN PROVINCIAL)
  • D. Francisco Javier Ramos Rojas (CTAS)

Otros órganos

El Consorcio dispone de personal propio, que se rige por la legislación laboral vigente. Podrá también disponer de personal de las entidades y administraciones integrantes del mismo, mediante las fórmulas de colaboración o adscripción que, en cada caso, se acuerden.